El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa admitió la acción de nulidad interpuesta por la sociedad mercantil L.K. Autos, C.A, en virtud del silencio administrativo producido en el ejercicio del recurso jerárquico intentado ante el Ministro del Poder Popular para el Comercio, contra el acto administrativo dictado por el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (Indepabis), mediante el cual los sancionó con multa 1.000 unidades tributarias.
Luego de revisar las causales de admisibilidad contenidas en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, el Juzgado no encontró ningún impedimento para admitir la presente acción de nulidad.
En consecuencia, ordenó notificar a las ciudadanas Fiscal General de la República y Procuradora General de la República y al ciudadano Ministro del Poder Popular para el Comercio, remitiéndoles copias certificadas de la solicitud y documentación respectiva.
Fuente: Prensa TSJ