El precio de la Canasta Básica Familiar –CBF– de agosto de 2012 es Bs. 8.516,12. Aumentó Bs. 94,38, 1,1%.
La variación anualizada para el período agosto 2012 / agosto 2011 es 15,0%, Bs. 1.110,91, el 62,4% de un salario mínimo (Bs. 1.780,45).
Cinco rubros subieron
La variación mensual de la Canasta Básica Familiar se debe al crecimiento de precios observado en cinco de los siete grupos que la integran. En primer lugar, el rubro educación subió 8,7%, al aumentar 50,42 bolívares, de 580,48 a 630,90, como promedio mensual. El precio de las listas de uniformes, textos y útiles básicos de preescolar, básica y media es de 7.570,76; requiriéndose 3.7 salarios mínimos para cubrirlo.
Salud aumentó 2,3%, de Bs. 171,79 a Bs. 175,79. El Atamel pediátrico subió de 16,67 a 20,67 bolívares, 24,00%.
Vestido y calzado registró aumentos en varias prendas de vestir para niños y caballeros, mostrando un incremento de 4,11 bolívares, al variar de 407,72 a 411,83 bolívares, como promedio mensual, 1,0%.
Los alimentos subieron 35,32 bolívares, de 3.852,56 a 3.887,88 bolívares, 0,9%.
Cuatro rubros de la canasta alimentaria aumentaron de precio: leche, quesos y huevos, 5,5%; cereales y productos derivados, 1,5%; pescados y mariscos, 0,7%; carnes y sus preparados, 0,5%. Cinco grupos mantuvieron los precios de julio: grasas y aceites, 75,00 bolívares; caraotas, arvejas y lentejas, 91,57 bolívares; azúcar y sal, 79,80 bolívares; salsa y mayonesa, 49,20bolívares y café, 45,20 bolívares. Y dos bajaron: frutas y hortalizas, 1.138,29 bolívares, -0,7% y raíces, tubérculos y otros, 338,30 bolívares, -1,0%.
El alquiler de vivienda aumentó 0,7% con relación al mes de julio, de Bs. 1.787,00 a Bs. 1.799,00.
Los artículos de higiene personal y limpieza del hogar bajaron -1,5%, de 746,11 a 734,64 bolívares.
Un grupo mantuvo el precio de julio: servicios públicos básicos, 876,08 bolívares.
Un almuerzo cuesta 58,12 en promedio
El costo promedio de un almuerzo para un trabajador fue de 58,12 bolívares. El monto del ticket de alimentación oscila entre 22,50 y 45,00 bolívares -entre el 0.25 y el 0.50 de la unidad tributaria vigente-, cuyo valor es de 90 bolívares.
Fuente: CENDAS-FVM