Las empresas UrdanetaGazprom-1 S.A. y Urdaneta Gazprom-2 S.A. pagarán a la República Bolivariana de Venezuela un bono de 10 millones de dólares cada una, de acuerdo con lo establecido en el numeral 46 contenido en las reformas de las licencias que les fueron otorgadas en el 2005, publicadas en la Gaceta Oficial del 25 de febrero de 2011, número 39.624.
El Estado venezolano, a través del Ministerio del Poder Popular para la Energía y Petróleo, está rediseñando el Proyecto Rafael Urdaneta.
La decisión incluye que la licenciataria UrdanetaGazprom-1 S.A. pueda realizar las actividades autorizadas por la licencia en el Área Urumaco Bloque I, (Golfo de Venezuela) con una superficie de 532,29 kilómetros cuadrados, en lugar del área de 997,90 kilómetros cuadrados, revela la reforma de la resolución 370.
En el caso de UrdanetaGazprom-2 S.A. (resolución 371) ejecutará las actividades autorizadas en el Área Urumaco Bloque III, (Golfo de Venezuela) con una superficie de 632,51 kilómetros cuadrados, en vez del Área Urumaco Bloque II, de 986,92 kilómetros cuadrados.
Otro de los cambios está relacionado con que UrdanetaGazprom1 deberá ejecutar el Programa Mínimo Exploratorio en un lapso de tres años y en dos fases, a partir de esta fecha. A UrdanetaGazprom2 le corresponde realizarlo en cuatro años y un par de fases.
La redimensión técnica del Proyecto Rafael Urdaneta se atribuye al reciente descubrimiento comercial de gas natural no asociado, comprobado en el Bloque Cardón IV, lo cual constituye uno de los más importantes descubrimientos en las últimas décadas en el país y a nivel mundial.
El numeral 9 de la resolución 370, correspondiente a la licencia a UrdanetaGazprom 1, quedó en los siguientes términos: la licenciataria presentará antes de iniciar el Programa Mínimo Exploratorio, una carta de crédito por un millón de dólares al Ministerio del Poder Popular para la Energía y Petróleo como garantía de fiel cumplimiento de esta etapa.
Igualmente, la licenciataria deberá entregar al Ministerio del Poder Popular para la Energía y Petróleo en o antes de la fecha programada de culminación de la etapa del Programa Mínimo Exploratorio, una carta de crédito por cuarenta millones de dólares para garantizar el fiel cumplimiento de la segunda etapa del Programa Mínimo Exploratorio.
En cuanto a la modificación de la resolución 371, correspondiente a la licencia a UrdanetaGazprom-2, en el numeral 9 se lee ahora: Además presentará previo al inicio al Programa Mínimo Exploratorio una carta de crédito por siete millones de dólares de los Estados Unidos de América al Menpet como garantía de fiel cumplimiento de esta etapa.
Igualmente deberá entregar una carta de crédito por cuarenta millones de dólares para garantizar el fiel cumplimiento de la segunda etapa del Programa Mínimo Exploratorio.
Fuente: AVN