El pasado 1º. de mayo de 2021 fueron publicados en los Decretos Presidenciales números 4.602 y 4.603, contenidos en la Gaceta Oficial número 6.622 Extraordinario, donde se establecen los aumentos del Salario Mínimo Nacional Obligatorio y del Beneficio del Cestaticket Socialista
A pesar que la mencionada Gaceta Oficial no está publicada en la página web de la Imprenta Nacional y Gaceta Oficial (SAINGO), ni en el portal web del Tribunal Supremo de Justicia; podemos asegurar que los contenidos de tales decretos son congruentes con lo dicho por el exministro del Trabajo, Eduardo Piñate, el pasado 1ro de mayo ante una concentración de seguidores, el cual fue televisado por los distintos medios de comunicación del país.
Habiendo realizado la advertencia anterior, se extrae de los decretos lo siguiente:
Aumento del Salario Mínimo Nacional
En el Decreto Nº 4.602, proferido por la Presidencia de la República, se evidencia el incremento del monto del salario mínimo mensual de los trabajadores en un 288,88%, si tomamos como base el antiguo salario mínimo de Bs. 1.800.000.00, el cual nunca fue publicado en Gaceta Oficial, pero, de facto, se aplicaba en las tablas salariales de los distintos sectores gubernamentales del país. Ahora bien, si partimos del monto legalmente vigente desde mayo de 2020 hasta entonces, el cual constaba de Bs. 400.000,00, el incremento es del 1.650%.
* Cálculo Jornada Diurna
El salario mínimo mensual asciende a la cantidad de Bs. 7.000.000,00, y el salario diurno por jornada es de Bs. 233.333,33 diarios.
* Pago en Efectivo
El salario mínimo deberá ser pagado en dinero en efectivo y no formará parte del mismo ningún tipo de salario en especie.
* Jornada de Trabajo a Tiempo Parcial
Se someterá a lo dispuesto en el artículo 172 de la LOTTT, es decir, se pagará el equivalente a la alícuota de tiempo trabajada.
* Sanciones
El pago de un salario inferior al establecido en el Decreto y cuando no se pague oportunamente, acarreará una multa que oscila entre el equivalente a 120 Unidades Tributarias (UT) y 360 UT, que representan Bs. 2.400.000,00 a Bs. 7.200.000,00 (valor UT Bs. 20.000,00).
* Salario Mínimo para Aprendices
El salario mínimo para los adolescentes aprendices se fijó en la cantidad mensual de Bs. 5.250.000,00 mensuales, lo cual equivale a Bs. 175.000,00 diarios por jornada diurna.
* Monto Mínimo de las Pensiones
El nuevo salario mínimo fijado por el Decreto aquí referido se establece como monto mínimo de las pensiones de los jubilados y pensionados de la Administración Pública Nacional y de las pensiones otorgadas por el IVSS.
* Ejecución
Queda encargado del cumplimiento de este Decreto, el ministro del Poder Popular para el Proceso Social del Trabajo.
* Vigencia
El Decreto entrará en vigencia a partir del 1° de mayo de 2021.
Aumento del Cestaticket Socialista
Asimismo, el Decreto número 4.603 proferido por la Presidencia de la República, fija el Cestaticket Socialista mensual para los trabajadores que presten servicios en los sectores públicos y privados en Bs. 3.000.000,00, representando de esa forma un aumento de este beneficio del 650% si partimos de Bs. 400.000, ultimo monto incrementado por gaceta oficial, y debe pagarse por los 30 días del mes.
* Sobre el Carácter Salarial
El monto por concepto de Cestaticket Socialista no tiene incidencia salarial alguna, no pudiendo en consecuencia efectuarse deducciones sobre este, salvo las que expresamente autorice el trabajador para la adquisición de bienes y servicios, en el marco de los programas y misiones sociales para la satisfacción de sus necesidades (artículo 3).
Sujetos obligados por el presente Decreto
Este Decreto es de obligatorio cumplimiento por parte de los empleadores en todo el territorio nacional, independientemente del número de trabajadores a su cargo.
* Ejecución
Quedan encargados del cumplimiento de este Decreto, la Vicepresidenta Ejecutiva de la República Bolivariana de Venezuela y los Ministros en materia de Trabajo, Planificación y Economía.
* Vigencia
El Decreto entró en vigencia a partir del 1° de mayo de 2021.
Fuente: Redacción