Impuestos y contraprestación
Por Eduardo Martínez
El concepto, detrás de la fijación y cobro de los impuestos, es que el Estado otorgue a los contribuyentes una contraprestación proporcional a lo recaudado. En la tradición venezolana, el Estado ha sido responsable de dar a los ciudadanos residentes: educación, salud, seguridad y protección (interna y externa), justicia, cultura, y la administración del Estado en general.
El principio que rige este mecanismo impositivo, es que los contribuyentes paguen en función de sus beneficios en el año. Eso incluye a personas y empresas. Además, existen impuestos especiales, fijados a emprendimientos que realizan actividades específicas, como en el caso del petróleo, turismo, etc.
Adicionalmente, a través de leyes especiales, se fijan tributos como es el caso del INCE -para la capacitación de los trabajadores, el seguro social, los fondos de financiamiento de vivienda, entre otros. Aunque hay que tener claro, que no son precisamente impuestos. Son fondos, que debiendo ser administrados en forma independiente, el Estado es quien lo administra.
Aguas abajo, en la estructura de gobiernos estadales y locales, en áreas especificadas en sus respectivas leyes, los estados y los municipios están facultados para establecer tributos, sobre todos los gobiernos municipales. En este caso, impuestos a vehículos registrados en la localidad, las propiedades, patentes de industrias y comercios, etc.
El cobro de los servicios, como el aseo, la electricidad, las comunicaciones, y el gas, son servicios de clara contraprestación. El ciudadano tiene acceso a ese servicio, y paga en función de su uso.
El reciente Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) no cumple con ese principio de la contraprestación. Se cobra al ciudadano un impuesto por el uso de su dinero. Un dinero que obligatoriamente debe ser en divisas, por dos razones.
La primera, es Estado ha sido incapaz de proporcionarle a los depositantes la totalidad del dinero en efectivo que ese depositante tiene en su cuenta bancaria. No hay billetes ni monedas del signo monetario legal, que es el bolívar.
La segunda, con la hiperinflación a la que están sometidos los venezolanos, la única manera de proteger el poder adquisitivo de sus salarios es mantenerlos en dólares “bajo el colchón”.
¿Cuál es la contraprestación que otorga el nuevo impuesto?
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