Establecen normas y procedimientos para prevenir legitimación de capitales

En Gaceta Oficial número 39.691, correspondiente al miércoles 8 de junio y que circuló este jueves, quedaron establecidas las políticas, normas y procedimientos que se deben implementar para prevenir la legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo.

Entre las normas implementadas figuran diseñar un plan operativo anual para prevenir la legitimación de capitales, el cual deberá incluir la adquisición, implementación o perfeccionamiento de sistemas computarizados de detección de actividades inusuales o sospechosas.

También se deberá desarrollar un programa anual de adiestramiento, con el objetivo de evitar cualquier evento que indique legitimación de capitales o financiamiento de actividades que representen un riesgo para la seguridad de los ciudadanos.

Están en la obligación de cumplir estas normas, y colaborar con las autoridades correspondientes, las personas cuyos valores sean objeto de oferta pública; las entidades de inversión colectiva y las personas que intervengan directa o indirectamente en la oferta de los títulos emitidos por esas entidades.

Los operadores de valores autorizados, naturales o jurídicos, asesores de inversión, bolsas de valores o productos e insumos agrícolas, las cajas de valores, los agentes de traspasos, las sociedades titularizadoras, las cámaras de compensación de opciones y las sociedades calificadoras de riesgo también están obligadas a cumplir las normas para prevenir legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo, estipuladas en Gaceta Oficial.

Fuente: AVN, Gaceta No. 39.691

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