El gobierno de Distrito Capital dispondrá de fuentes propias de ingreso con la recaudación prevista en la Ley Especial de Timbre Fiscal para esta entidad federal, que fue publicada en Gaceta Oficial No 39.570. (se incluye texto de la Ley)
La Ley Especial de Timbre Fiscal para el Distrito Capital tendrá un reglamento donde se desarrollarán los mecanismos para el financiamiento de proyectos presentados por los consejos comunales y las comunas de esta entidad político-territorial.
El citado instrumento legal le otorga a la administración tributaria del Distrito Capital la potestad para elaborar los instrumentos requeridos con el objeto de recaudar los impuestos, tasas y contribuciones de su competencia.
Igualmente podrá ordenar el enteramiento mediante el pago en las oficinas receptoras que disponga, en los casos en que no sea posible la utilización de los timbres móviles.
De igual manera señala que los hechos imponibles están constituidos por la realización de actos, prestación de servicios y el otorgamiento, emisión y expedición de documentos, instrumentos crediticios y órdenes de pago, previstos en la presente Ley, siempre que se efectúen en el territorio del Distrito Capital y que no estén reservados al régimen, control y recaudación del Poder Nacional o Municipal.
De igual manera, refiere que las comunas, los consejos comunales, las asambleas de ciudadanos y ciudadanas, como mecanismos de corresponsabilidad social, ejercerán el control social sobre la inversión y la ejecución de los recursos provenientes de la recaudación por materia de timbre fiscal.
Para leer Ley Especial del Timbre Fiscal hacer click en cada uno de los siguientes enlaces:
Fuente: Gaceta No. 39570 del 9-12-2010, AVN
Un año después la verdad que se comienzan a ver los beneficios