Editorial: Las batallas que no vemos y no peleamos – El control de las ONGs

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La hegemonía comunicacional nos mantiene ajenos al acontecer de lo que pasa en Venezuela y el Mundo. Lo compensamos con la televisión por cable, navegando en Internet y las redes sociales. ¿Cuáles esos esos espacios? La Asamblea Nacional (AN), las radios en manos del régimen, e incluso lo que se publica en la Gaceta Oficial, entre otros.

Es tal el desinterés en la Gaceta Oficial, que nos sorprendemos cada tanto cuando alguien re envía un decreto o resolución publicada hace 2, 3 y hasta 5 años.

Este desinterés no es nada nuevo. Y, regularmente, van surgiendo discusiones de leyes en la AN que poco se discuten -porque la mayoría parlamentaria ha reducido el espacio para la discusión- y que son aprobadas esas leyes en forma sumaria.

Como si fuera una asamblea unipersonal, Diosdado Cabello -presidente de la AN- disertará en dos tiempos: primero sobre las maldades que se hará con el proyecto de ley, y luego con la ley ya aprobada. Leyes que generalmente no fomentarán el bienestar de la población, sino que generalmente profundizarán el control social.

Sin embargo, buena parte de la población no “pierde su tiempo” en ver estas cosas, y por lo tanto, mucho menos en pelear por ellas. Tan solo veremos resollando a los afectados, que serán vistos con gran desconfianza.

En esta oportunidad, se está discutiendo un proyecto de ley para prácticamente eliminar e inutilizar a las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) (se anexa copia del proyecto de ley), que ha sido titulada: “ley de fiscalización, regularización, actuación y financiamiento de las organizaciones no gubernamentales y afines”.

A simple vista y lectura, el proyecto puede parecer una ley más de esas tantas que aprueba el régimen. Su lectura en mayor profundidad, asoma grietas que pudiera convertir las ONGs en grupos de “patriotas cooperantes” instrumentos del régimen; prohibiciones a las ONGs no definidas bajo la ley propiamente; unas lagunas que dan pie a la aplicación de otras leyes punitivas de control social; y una completa libertad para que el régimen clausure administrativamente la ONG “únicamente” bajo sospechas de que se haya cometido un delito, que por lo visto, no estaría contemplado expresamente en el texto de la ley.

Hay dos artículos, específicamente, que advierten de este terreno minado de represivas intenciones:

Artículo 15.- Prohibiciones

Las organizaciones no gubernamentales tendrán prohibido en todo el territorio nacional:

  1. Recibir aportes destinados a organizaciones con fines políticos
  2. Realizar actividades políticas
  3. Promover o permitir actuaciones que atenten contra la estabilidad nacional y las instituciones de la República
  4. Cualquier otro acto prohibido en la legislación venezolana

La autoridad competente, habida noticia de lo ocurrido, podrá tomar las medidas administrativas proporcionales y adecuadas contra la Organización No Gubernamental, mediante la apertura de un procedimiento administrativo que podrá implicar la suspensión de actividades, así como la disolución de oficio de la organización en cuestión.

En caso de que uno de estos supuestos se configure y se trate de un delito de conformidad con la legislación de la República, tras la determinación judicial de su ocurrencia mediante sentencia definitivamente firme, podrá ordenar el tribunal competente la disolución de la Organización No Gubernamental. Pudiendo durante el curso del proceso dictar las medidas cautelares que estime convenientes para evitar la continuación del delito.

Artículo 16.- Ilícitos Formales

Son ilícitos formales a los fines de la presenta ley

  1. El incumplimiento de la obligación de inscribirse en el registro correspondiente
  2. El incumplimiento de la obligación de registrar los actos y hechos enumerados en la presente ley
  3. El no mantener los libros que de conformidad con la forma adoptada por la organización corresponda
  4. El incumplimiento de la obligación de coadyuvar con el Estado en sus actividades de control y fiscalización.

En todo caso, en las próximas ediciones incluiremos análisis del texto del proyecto.

Para leer el proyecto de ley, HACER CLICK EN EL SIGUIENTE ENLACE:

LEY DE FISCALIZACION, REGULARIZACION, ACTUACION Y FINANCIAMIENTO DE LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES Y AFINES v24.01h2.00

Eduardo Martínez, Editor

editor@eastwebside.com

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