El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa, admitió la acción de nulidad interpuesta por Seguros Guayana, contra la resolución Nro. F-2.687, dictada por el Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas.
Mediante dicha resolución, se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por Seguros Guayana, contra la Providencia Administrativa N° 003955, por la cual se confirmó el acto administrativo que sancionó a la empresa recurrente con la imposición de una multa por la cantidad de Bs. 25.250,00.
El Juzgado, luego de revisar las causales de inadmisibilidad contenidas en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, no encontró impedimentos para admitir la demanda incoada.
En consecuencia, ordenó notificar a la Fiscal General de la República, la Procuradora General de la República, y al Ministro del Poder Popular de Planificación y Finanzas, remitiéndoles copias certificadas de la solicitud y la documentación respectiva.
Fuente: Prensa TSJ