Obligados corredores de bolsa a declarar quien tiene custodia de valores
La Comisión Nacional de Valores-CNV emitió una circular, con fecha 27 de julio del 2010, donde informa a todas las SOCIEDADES DE CORRETAJE DE VALORES Y CASAS DE BOLSA, que posean clientes con títulos de deuda de la República Bolivariana de Venezuela o valores regulados por la Ley de Mercado de Capitales, bien sea, en custodio de la CVV.
Caja Venezolana de Valores o de otro custodio, que deberán entregar a los mismos una constancia que indique quien tiene la custodia de dichos valores con todas sus características, tipo de título, cantidad, fecha de vencimiento, otros, a los fines que estos puedan disponer de los mismos
El cliente de la sociedad de corretaje de valores o casa de bolsa, podrá dirigirse a la CVV Caja Venezolana de Valores, SA, u otro custodio, a los fines de mantener sus títulos en dicho custodio o efectuar el cambio correspondiente.
Se exceptúan de esta orden de la CNV los clientes que verificada su condición sean personas naturales o jurídicas que tengan un relación patrimonial o de dirección con la SOCIEDAD DE CORRETAJE DE VALORES o CASA DE BOLSA, en proceso de Intervención o liquidación.
Fuente: CNV