Por Henry Escalona
El 28 de octubre de este año falleció el juez federal estadounidense Alvin K. Hellerstein, a los 92 años de edad por causas naturales. El jurista era el juez del Tribunal de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York. Hellerstein, nombrado en 1998 por el presidente Bill Clinton, era quien llevaba la causa penal por narcoterrorismo, tráfico de drogas y torturas que se sigue en el Distrito Sur de Nueva York a Nicolas Maduro y Cilia Flores y que fue reasignada a la jueza federal Analisa Torres.
Por razones legales de procedimiento estadounidense, la muerte sobrevenida del juez Hellerstein, no paralizó ni retrasó el proceso seguido a Maduro y Flores por los cargos de conspiración en el narcotráfico, narcoterrorismo y tortura, presentados por la Fiscalía de EEUU en su reciente acusación ampliada. Y es que en USA, cuando un juez muere, el tribunal reparte sus casos por sorteo entre los demás jueces y el juicio no se reinicia, simplemente cambia de manos, porque en el sistema procesal de los Estados Unidos, una causa penal no se anula automáticamente por la muerte o renuncia de un juez, así lo dispone la regla 25 de las Reglas Federales de Procedimiento Penal (Federal Rules of Criminal Procedure). Esta norma está diseñada específicamente para garantizar la continuidad de la justicia, evitar retrasos masivos y proteger los recursos del Estado y de las partes involucradas.
La razón de lógica jurídica para la no interrupción del proceso en caso de ausencia del juez es que, a diferencia de Venezuela donde el juez penal evalúa las pruebas y decide si el acusado es culpable o inocente, en los juicios penales federales de EE. UU. esa responsabilidad recae sobre un jurado de ciudadanos. El jurado es el verdadero «juez de los hechos» y permanece idéntico durante todo el proceso. Y así, dado que el jurado (que ha presenciado las deposiciones judiciales desde el primer día) no ha cambiado, el principio de inmediación no se rompe. El nuevo juez simplemente entra a dirigir los aspectos legales y de procedimiento del debate.
Si un juez venezolano fallece durante la etapa de juicio oral y público, el proceso sufre un impacto drástico debido al principio de inmediación. Pues en el derecho procesal penal venezolano (regido por el Código Orgánico Procesal Penal), la muerte del juez penal durante el juicio obliga a reiniciar el juicio desde cero.
Sin entrar en comparaciones, el sistema judicial estadounidense prioriza el derecho a un juicio rápido (Speedy Trial). Anular un juicio complejo, como el caso Maduro-Flores, que ha tomado meses de preparación, millones de dólares en recursos y la movilización de decenas de testigos solo por la pérdida física del juez, se considera un perjuicio desproporcionado tanto para el debido proceso como para el contribuyente fiscal.
En Venezuela no es así, uno de los principios que rige nuestro proceso penal es el de inmediación, previsto en el artículo 16 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual consiste en la obligación del juez de mantener un contacto directo, personal y sin intermediarioscon las partes (accionante y accionado) y con la práctica de las pruebas (testigos, peritos, documentos y objetos) durante el desarrollo del proceso. Vale decir que el mismo juez debe estar presente de principio a fin en las audiencias, y la evacuación de pruebas; no puede delegar esta función en otros funcionarios ni ausentarse., y es quien tiene el deber de sentenciar en el juicio. Por lo que su ausencia conllevaría el efecto principal de la ruptura del principio de inmediación, lo que obliga a anular lo actuado y a reiniciar el juicio desde cero con un nuevo juzgador, Se debe convocar a un nuevo juicio oral y público frente a un tribunal o juez distinto. Los testigos, peritos y la víctima deben acudir nuevamente a declarar para que el nuevo juzgador pueda percibirlos directamente bajo los mismos términos de concentración y contradicción.
Quiero resaltar que el principio de inmediación, tomado de las fuentes en que se nutre nuestra normativa procesal vigente (el Código Procesal Penal Modelo para Iberoamérica, la Ordenanza Procesal Penal Alemana, el Código de Procedimiento Penal Italiano de 1988 y, muy especialmente, el Código Procesal Penal de la Provincia de Argentina de Córdoba, del cual derivan casi textualmente sus dispositivos sobre inmediación), ha dejado de ser una norma garantigia de derechos fundamentales, para convertirse en un artilugio procesal para retardar los procedimientos judiciales seguidos a opositores políticos y a perseguidos económicos por la “justicia” psuveca. Es así como se retiene en prisión a cientos de “procesados” y quedan como fichas de canje político, basados en una dinámica procesal satánica que los mantiene privados de los más fundamentales derechos como la libertad, el patrimonio económico y la salud.
Paradójicamente, Nicolas y Cilia disfrutan en USA de ventajas procesales que los acercan a una justicia inmediata y eficaz, muy lejos de la pesadilla que describe Franz Kafka en El Proceso, cuando Josef K. es arrestado una mañana en su propia cama sin haber hecho nada malo y sin que nadie le diga de qué se le acusa. Esto destruye su seguridad y lo sumerge en una paranoia constante, ya que es imposible defenderse de un cargo que se desconoce y de paso ser enjuiciado bajo las normas de un sistema judicial que está completamente alejado de la lógica y la justicia moral, él que, además, es corrupto, inalcanzable, se alimenta de la desesperación humana y funciona mediante una jerarquía infinita de jueces y funcionarios que nadie conoce del todo y sirven políticamente a quien los designó. Pesadilla a la que siguen sometidos los presos del chavismo en Venezuela
Creo que Kafka, quien fue abogado de profesión, podría concluir que Nicolas y Cilia en su calabozo gringo, son más afortunados que los pobres ciudadanos que, por orden de ellos, siguen detenidos en Venezuela.
* Abogado, Historiador
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