TSJ declara perecido recurso contra sentencia de Juzgado Superior
La Sala de Casación Social, en ponencia de la magistrada Carmen Elvigia Porras de Roa, declaró perecido el recurso de casación anunciado por los ciudadanos Edmundo Pérez, Argenis López y Gustavo Villanueva, en contra de una decisión del Juzgado Superior Tercero del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional.
Dicho tribunal, mediante sentencia del 30 de septiembre de 2010, declaró perecido el recurso de apelación interpuesto por los representantes legales de la parte demandante, contra la sentencia dictada por la Juez Unipersonal V del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la referida Circunscripción Judicial, que previamente declaró sin lugar el reclamo por intimación de honorarios profesionales contra el ciudadano Giro Guastella Espósito.
Observó la Sala que, una vez anunciado el recurso de casación dentro de los lapsos legales establecidos para ello, los demandantes no consignaron el escrito correspondiente de formalización tal como lo establece el artículo 489-D de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que establece un lapso de 20 días consecutivos para formalizar el recurso de casación y consagra como sanción al incumplimiento de dicho lapso, el perecimiento del recurso.
En tal sentido, se declaró perecido el recurso de casación intentado por los Edmundo Pérez, Argenis López y Gustavo Villanueva contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional.
Fuente: Prensa TSJ