TSJ declara inadmisible recurso ejercido en un juicio contra Telecaribe

Alfonso Valbuena, Magistrado

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), a través de la Sala de Casación Social, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Román Arturo Ibarra Díaz, contra una sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Se trata de un juicio por calificación de despido seguido por Román Ibarra Díaz, contra la Televisión de Margarita, C.A. (Telecaribe), en el que el mencionado Juzgado del Trabajo, el 11 de octubre del año 2011, declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el demandante, con lugar el recurso de apelación ejercido por el canal y sin lugar la demanda por caducidad de la acción, por lo que se confirmó la sentencia apelada a excepción de la condena en costas.

Contra la decisión del mencionado Juzgado Superior, Román Ibarra ejerció el recurso de control de la legalidad, sin embargo la Sala del Máximo Tribunal del país constató que la referida acción judicial fue ejercida de forma extemporánea, por lo que se configuró el supuesto de interposición maliciosa del recurso a que se refiere el último aparte del artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

En vista de lo anterior, la Sala de Casación del TSJ, con ponencia del magistrado Alfonso Valbuena Cordero, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad propuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y se impuso a Román Ibarra la multa de veinte unidades tributarias (20 U.T.).

Fuente: Prensa TSJ

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