TSJ admite acción de nulidad contra el Ministro para las Obras Públicas y Vivienda

El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa, admitió la acción de nulidad interpuesta por la sociedad mercantil Grupo Técnico Moark C.A; contra el acto administrativo contenido en la providencia N° 0064/2010, de fecha 28 de mayo de 2010,  dictada por el ciudadano Ministro del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda.

Mediante dicha providencia se declaró inadmisible el Recurso Jerárquico interpuesto por la mencionada sociedad mercantil, contra el acto administrativo Nº 002/2009, emanado de la Junta Directiva de la sociedad mercantil Centro Simón Bolívar C.A., mediante la cual se decidió rescindir el contrato administrativo para los trabajos de rehabilitación y reparación de las juntas de dilatación de varios niveles de Parque Central.

El Juzgado, luego de revisar las causales de inadmisibilidad contenidas en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, no encontró impedimentos para admitir la demanda incoada.

En consecuencia, ordenó notificar a las ciudadanas Fiscal General de la República y Procuradora General de la República y al ciudadano Ministro del Poder Popular para Vivienda y Hábitat. Asimismo, decidió remitir las actuaciones a la Sala una vez que consten en autos las notificaciones ordenadas.

Fuente: Prensa TSJ

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