El Ministerio Público acusó a Alejandro Tineo Salas, José Nicolás Tovar Jiménez y a Ramón Heraldo Paredes, por su presunta vinculación con el caso de la emisión de bonos falsos del Banco de Desarrollo Agropecuario-Bandagro, ocurrida en la década de 1980.
En este sentido, las fiscales 2° ante la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, 37° nacional y 68° del Área Metropolitana de Caracas-AMC, Lizett Rodríguez, Emylce Ramos y Milvira Caraballo, respectivamente, acusaron a los supuestos responsables de las notas promisorias falsas, por la presunta comisión de los delitos de aprovechamiento fraudulento de fondos públicos, obtención ilegal de utilidad de actos en la administración y agavillamiento.
Tales delitos están previstos en la Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público y el Código Penal, vigentes para la época en que ocurrió el hecho.
En el escrito acusatorio, interpuesto ante el Tribunal 4° de Control del AMC, las fiscales solicitaron la admisión de la acusación y que se mantenga la medida privativa de libertad contra las citadas personas, quienes por ser mayores de 72 años permanecen recluidos en sus domicilios.
Ahora, corresponderá al Tribunal fijar la fecha para la celebración de la audiencia preliminar, en la que se decidirá si se admite o no la acusación presentada por el Ministerio Público.
En su debida oportunidad, el citado Tribunal 4° declaró no procedente la petición de sobreseimiento en este caso, interpuesta el 06 de septiembre de 2004, ante el señalamiento de la Fiscalía 5° Nacional, que solicito declarar sin lugar tal requerimiento pues los delitos de apropiación de fondos públicos y lucro en actos con la administración pública, según los artículos 71, numeral 2°, y 64 de la extinta Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público, respectivamente, no habían prescrito, por cuanto la comisión de dichos delitos fue en grado de continuidad, y en el expediente cursan elementos serios y contundentes que así lo evidencian.
El 22 de septiembre de 1993, la Presidenta del Fondo de Garantías de Depósitos y Protección Bancaria-Fogade, organismo que actúo como Liquidador Delegado del Bandagro denunció ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal y de Salvaguarda del Patrimonio Público de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, la presunta emisión fraudulenta de unas notas promisorias, razón por la cual solicitó se abriera una averiguación por fraude en perjuicio de la República.
Ante tal pedimento, el 24 de septiembre de 1993, ese Tribunal ordenó abrir la averiguación correspondiente, de acuerdo con el régimen legal vigente para la fecha.
Vale acotar que a finales de junio de 2008, fue condenado a 11 meses de prisión Ramón Klapka Anato, por pretender cobrar, el 17 de mayo de 2007, 100 millones de dólares a través de seis notas promisorias falsas de Bandagro.
La Sala 4 de la Corte de Apelaciones del AMC, según lo contemplado en el Código Orgánico Procesal Penal-COPP, condenó a Klapka Anato por la comisión de los delitos de estafa agravada en grado de tentativa y uso de documento falso, previstos y sancionados en el Código Penal, vigente para esa fecha.
Fuente: Prensa MP