Intervenido el Banco Helm Bank

La resolución de Sudeban No. 449.10 de fecha 19 de agosto de 2010,  mediante la cual se interviene a Helm Bank de Venezuela, S.A. con cese de intermediación financiera, fue publicada en la Gaceta Oficial 39.491 de fecha 19 de agosto de 2010.

 La resolución aclara que el Helm Bank de Venezuela, S.A. es propiedad de Banco Real, Banco de Desarrollo,» C.A.  Una entidad bancaria que fue intervenida con cese de intermediación financiera el 4 de diciembre de 2009.

Sudeban observó que 1)el Helm Bank de Venezuela, S.A. tiene Débil gestión crediticia que afecta la calidad de la cartera e incrementa los  niveles de provisión, toda vez que ha otorgado préstamos principalmente a empresas con reciente inicio de operaciones, débil situación financiera, insuficiencia patrimonial y sin capacidad de pago, lo que implica un alto riesgo  de recuperabilidad que incide en el aumento de la morosidad y, por ende, impacta la estructura patrimonial del Banco.

2) De los fondos liquidados objeto de análisis de Sudeban, el 46,06% (Bs.F. 136.100.000,00) fue transferido a Banco Real Banco de Desarrollo, C.A, Institución propietaria de ese Banco Comercial, el mismo día de la liquidación del préstamo; igualmente, los recursos recibidos por concepto de pago de intereses o amortizaciones de capital provienen de terceros que no muestran  capacidad de pago y tienen iguales características que el deudor, indicadas en  el párrafo precedente.

3) No fue posible determinar la razonabilidad de los ingresos generados por las colocaciones crediticias, vistas las diferencias detectadas por esta  Superintendencia y las graves debilidades existentes en el Sistema de  Información Administrativo Central-COBIS que comprometen la seguridad e integridad de la información.

4) La liquidación de la mayoría de los créditos por montos significativos a empresas de reciente constitución o en etapa preoperativa, con insuficiencia patrimonial y cuentas comentes con escasa disponibilidad de fondos; deficiente capacidad de pago, sin actividad económica durante el 2009 y parte del 2008.

5) Falta de información en los expedientes de créditos y de soportes que permitan evaluar el cumplimiento de las obligaciones contractuales de pago asumidas por el prestatario y de informes de supervisión al destino de los fondos por parte de la Entidad Bancaria, lo que conlleva a una débil administración de riesgo crediticio; en consecuencia, resultan evidentes las debilidades en las políticas establecidas para administrar, gestionar, limitar y medir los riesgos de crédito y operativo, incluidos los controles internos.

6) De la revisión efectuada a la documentación soporte consignada por Helm Bank de Venezuela, S A Banco Comercial Regional con la comunicación del 13 de mayo de 2010, mediante la cual emitió respuesta al oficio N° SBIF-DSB-II-GGI-Q7-05607 del 23 de abril del año en curso, se determinó que los requerimientos de provisión por cartera de créditos se colocan en Bs.F. 174.324.842,00, lo cual una vez considerada la provisión mantenida de Bs.F. 93.316.198,00 genera una insuficiencia de provisión de Bs. F. 81.007.924,00 al 31 de mayo de 2010. A estos requerimientos de provisión se suman Bs. F. 2.408.113,00 por concepto de rendimientos por cobrar no provisionados.

7) Existen los siguientes elementos que inciden en el deterioro de la situación financiera del Banco:

*Alta concentración de sus Inversiones en títulos valores en un solo Instrumento financiero (93,92%), constituido por fideicomiso de Inversión en una sola sociedad mercantil, el cual representa el 62,73% del total activo y el 768,79% del patrimonio.

*Baja intermediación crediticia, por cuanto la cartera de créditos representa el 22,23% del total activo.

*Alta concentración de fondos (61,52%) en depósitos a plazo fijo, los cuales son instrumentos altamente onerosos.

*Presenta una gestión operativa negativa de Bs.F. 61.811.596,00 producto del registro de provisiones para cartera de créditos y desvalorización de las inversiones.

*Deterioro de la calidad de !a cartera de créditos, desde enero de 2010, incrementándose el índice de morosidad al pasar de 9,44% a 24,42%.

*Alta dependencia de los depósitos con Organismos Oficiales, los cuales representan el 79,20% del total captaciones y otros financiamientos obtenidos.

*Desde el mes de agosto de 2009, no ha cumplido con los indicadores de capital de riesgo y solvencia patrimonial. Al cierre de mayo de 2010, los referidos indicadores se ubican en 3,37% y 3,11%, respectivamente. De considerar las provisiones determinadas en la Visita de Inspección General con fecha de corte al 31 de enero de 2010, por Bs.F. 1.227.536.249,00 los citados indicadores se ubicarían en -111,22% y -102,68%.

La Resolución designa como interventores a: Kimlen María Chang de Negrón, y Edgar Martínez Olmedillo.

Fuente: Gaceta Oficial 39.491 de fecha 19 de agosto de 2010.

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