Aprobada Reforma del Proyecto de Ley Financiera del Sector Público

Ricardo Sanguino, diputado

La plenaria de la AN aprobó, en primera discusión, la reforma puntual al artículo 51 del Proyecto de Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, la cual incluye la figura del presidente o presidenta del Consejo Federal de Gobierno.
En este sentido, el presidente de la Comisión Permanente de Finanzas, diputado Ricardo Sanguino, explicó a los presentes que la reforma puntual a este único artículo no altera en ningún momento el espíritu de la ley como tal, sino que simplemente la adecua a las nuevas instancias jurídicas existentes.


“Esta modificación, simplemente, se adecua a una ley que ya establece un funcionamiento, pero que incorpora una nueva instancia que es el Consejo Federal de Gobierno, con un soporte jurídico orgánico y derivado de la Constitución Nacional, que facilite el funcionamiento del Fondo de Cooperaciones Intraterritoriales, competencia directa del Consejo Federal de Gobierno”.
Esta reforma al artículo 51 no es una reforma que altera la estructura ni el espíritu o propósito de la ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público, sólo que a raíz de la Ley Orgánica de Creación del Consejo Federal de Gobierno, el presidente del Consejo Federal de Gobierno debe ser considerado como cuentadante, es decir, quien ordena los gastos y los ingresos, destacó Sanguino.
Destaca el informe presentado por la Comisión Permanente de Finanzas que el Consejo Federal de Gobierno es el órgano encargado de la planificación y coordinación de políticas y acciones para el adecuado desarrollo nacional entre las entidades político-territoriales y las organizaciones de base del Poder Popular en él representadas, con la finalidad de alcanzar un equilibrado desarrollo regional del país mediante una justa distribución de los recursos nacionales.
El Consejo Federal de Gobierno discute y aprueba los recursos destinados al financiamiento de inversiones públicas que promuevan el desarrollo equilibrado de las regiones, la cooperación y complementación de las políticas e iniciativas de desarrollo de las distintas entidades publicas territoriales, y apoya, especialmente, la dotación de obras y servicios esenciales en las regiones y comunidades de menor desarrollo relativo.
Es el ente encargado de la distribución de recursos a los estados, municipios y organizaciones de base del Poder Popular. En consecuencia, el presidente o presidenta del Consejo Federal de Gobierno es ordenador u ordenadora de compromisos y pagos en cuanto a su presupuesto.

Fuente: Prensa AN

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*