TSJ admite demanda contra municipio Palavecino del estado Lara

El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, admitió la demanda interpuesta por Julio Alberto Durán Lucena contra el municipio Palavecino del estado Lara, por indemnización de daños materiales y morales.

Luego de constatar que no se encuentran presentes en este caso las causales de inadmisibilidad contenidas en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, fue admitida la demanda.

Debido a que el 8 de diciembre de 2010 los apoderados judiciales de Julio Durán Lucena solicitaron la celebración de un acto alternativo de solución de controversias, para que se convoque la representación del municipio Palavecino y “concertar amigablemente los términos de la indemnización por daños y perjuicios ocasionados al demandante, a través de la mediación y acuerdo entre las partes…”, el Juzgado de Sustanciación acordó remitir a la Sala las presentes actuaciones a los fines del pronunciamiento correspondiente.

Una vez que sean devueltas las actuaciones del caso —si fuere el caso— se fijará la oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo.

Además se dejó establecido que de conformidad con lo previsto en el artículo 152 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, la contestación de la demanda deberá realizarse por escrito dentro de los 45 días continuos a la celebración de la señalada audiencia.

Finalmente, se ordenó notificar al Alcalde del  municipio Palavecino del estado Lara, conforme a lo establecido en el artículo 152 de la mencionada Ley Orgánica.

Fuente: Prensa TSJ

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