El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), hace un llamado a los sectores productivos del país (dedicados a actividades agrícolas, forestales, pecuarias, avícolas, pesqueras, acuícolas y piscícolas), a cumplir con las obligaciones tributarias formales derivadas del Decreto N° 285 que los exonera del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISLR), a través del portal electrónico del organismo www.seniat.gob.ve.
El Superintendente Nacional Aduanero y Tributario, José David Cabello Rondón, alerta que a los fines del disfrute de este beneficio establecido en el artículo 4 de este decreto, los contribuyentes deben cumplir con carácter obligatorio algunos pasos formales tributarios, entre ellos la presentación en línea de “la declaración jurada anual de las inversiones efectuadas y el monto del impuesto exonerado invertido en cada ejercicio fiscal finalizado, así como de las inversiones a efectuar y el monto del impuesto a invertir en el ejercicio fiscal siguiente”.
La máxima autoridad aduanera y tributaria venezolana explicó que el procedimiento resulta cómodo y fácil cumplirlo, al ingresar al Portal Fiscal del SENIAT, y seguir con un click los enlaces asistencia al contribuyente y seguidamente información de interés-Declaración Jurada- Decreto 285.
Recordó Cabello Rondón que de acuerdo con la Providencia Administrativa N° 042 publicada en Gaceta Oficial N° 39.707 del 6 de julio de 2011, se estableció la obligatoriedad para este sector de presentar dichas declaraciones sólo a través del Portal Fiscal, información que debe ser enviada a la Oficina de Estadísticas y Estudios Económicos Aduaneros y Tributarios del SENIAT, mediante el correo electrónico agrícola@seniat.gob.ve. Por lo cual en ningún caso, deben trasladarse desde las zonas productivas del país, hasta la sede de esta oficina en Caracas para cumplirlo.
“El llamado es a nuestros sectores productivos que de manera responsable, cumplen con sus obligaciones tributarias, a completar este requisito en línea o ante cualquier dificultad al respecto, comunicarse con nuestra línea de atención al contribuyente, 08000 SENIAT (08000-736428), donde será respondida cualquier duda”, señaló.
El SENIAT recuerda que en atención a los principios del Plan de la Patria 2013-2019 y centrados en los objetivos de soberanía alimentaria que garantizan el derecho a la alimentación del pueblo, el Ejecutivo Nacional, encabezado por el presidente Nicolás Maduro, publicó el Decreto N° 285 en la Gaceta Oficial N° 40.223 del 7 de agosto de 2013, que otorga el beneficio de exoneración del pago del ISLR, a “los enriquecimientos netos de fuente venezolana provenientes de explotación primaria de actividades agrícolas forestales, pecuarias, avícolas, pesqueras, acuícolas y piscícolas, de aquellas personas que se registren como beneficiarios”.