El precio de la Canasta Básica Familiar -CBF- de enero de 2014 es Bs. 15.919,76. Aumentó Bs. 297,71, 1,9%.
La variación anualizada para el período enero 2014 / enero 2013 es 66,6%, Bs. 6.366,40, dos salarios mínimos (Bs. 3.270,30).
Se requieren 4.9 salarios mínimos para poder adquirir la canasta básica.
Cinco rubros subieron
La variación mensual de la Canasta Básica Familiar se debe al incremento de precios de cinco de los siete grupos que la integran. En primer lugar, el rubro de los alimentos subió 241,08 bolívares, de 8.349,78 a 8.590,86 bolívares, 2,9%.
Ocho rubros de la canasta alimentaria aumentaron de precio: grasas y aceites, 18,8%; leche, quesos y huevos, 17,8%; pescados y mariscos, 12,3%; salsa y mayonesa, 9,4%; raíces, tubérculos y otros, 6,5%; granos, 5,1%; carnes y sus preparados, 5,0% y cereales y productos derivados, 4,8%.
Dos grupos no variaron de precio: azúcar y sal, 178,34 bolívares y café, 52,00 bolívares.
La diferencia entre los precios controlados y los precios de mercado es de 295,9%.
Vestido y calzado registró aumentos en varias prendas de vestir para niños y caballeros, mostrando un incremento de 16,23 bolívares, al subir de 1.145,44 a 1.161,67 bolívares, como promedio mensual, 1,4%.
El alquiler de vivienda aumentó 1,0% con relación al mes de diciembre, de Bs. 2.096,00 a Bs. 2.116,00.
Educación subió 0,9%, de 1.531,61 a 1.545,47 bolívares.
Los artículos de higiene personal y limpieza del hogar subieron de Bs. 820,88 a Bs. 827,42, 6,54 bolívares más, 0,8%.
La afeitadora desechable, de Bs. 18,00 a Bs. 18,67, 3,7; El jabón azul, de Bs. 7,50 a Bs. 7,67, 2,3%; el detergente, de Bs. 23,33 a Bs. 23,67, 1,5% y la espuma de afeitar, de Bs. 95,33 a Bs. 96,67, 1,4%.
Dos grupos mantuvieron el mismo precio de diciembre: salud, 288,17 bolívares y servicios públicos básicos, 1.390,17 bolívares.
Un almuerzo cuesta 185,34 bolívares en promedio
El costo promedio de un almuerzo para un trabajador aumentó a 185,34 bolívares.
El monto del ticket de alimentación oscila entre 26,75 y 53,50 bolívares -entre el 0.25 y el 0.50 de la unidad tributaria vigente-, cuyo valor es de 107 bolívares.
Fuente: CENDAS-FVM