La Comisión de Administración de Divisas (Cadivi) realizó la reforma parcial de los requisitos y trámites para la autorización de adquisición de divisas destinadas a las importaciones productivas.
Por intermedio de la providencia Nº 121 se modifican los artículos 19, 20, 21 y 22 de la providencia Nº 90, la cual fue derogada, relativas a la verificación de los bienes importados, lapsos de declaración y acta de verificación y requisitos de la solicitud.
La nueva normativa quedó referida en la providencia Nº 120, que entró en vigencia tras su publicación en la Gaceta Oficial Nº 40.296, del 18 de noviembre y que circuló este martes.
La resolución mantiene el tope de las solicitudes de autorización de divisas para esta providencia por hasta un monto máximo de 50.000 dólares estadounidenses o su equivalente en otras divisas por cada operación aduanera de importación.
De igual manera, se indica que Cadivi mantiene las facultades para fiscalizar el correcto uso de las divisas otorgadas por intermedio de este mecanismo «tanto a los usuarios como a los operadores cambiarios autorizados, pudiendo requerir de estos en cualquier momento la información o recaudo que fuese necesario para verificar los datos suministrados».