BCV ubica en 20,5% el encaje legal nominal bancario

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bcvLOGOEn vigencia desde el 9 de diciembre de 2013

El Banco Central de Venezuela (BCV) continúa adoptando medidas para moderar el ritmo de la expansión monetaria, en el marco de las políticas bajo su competencia,  y en coordinación con el Ejecutivo nacional, que contribuyan a mantener el crecimiento económico inclusivo y a disminuir las presiones inflacionarias. 

En línea con esta estrategia el BCV elevó en 1,5 puntos porcentuales el encaje mínimo que deberán mantener las instituciones bancarias sobre las obligaciones netas y las inversiones cedidas contabilizadas al 18 de octubre de 2013, ubicando este coeficiente en 20,5%. El nuevo régimen de encaje entrará en vigencia el lunes próximo, 9 de diciembre de 2013, según la resolución 13-12-01, publicada en la Gaceta Oficial de este jueves 5 de diciembre de 2013.

El encaje legal es uno de los principales instrumentos de política monetaria de que dispone el BCV. Se constituye del porcentaje de los depósitos totales que un banco debe mantener como reserva obligatoria en el instituto emisor. Es legal porque la ley autoriza al BCV a fijar discrecionalmente dicho encaje. Mediante este instrumento, la autoridad monetaria influye sobre los fondos disponibles para el crédito por parte de los bancos.

Fuente: Prensa BCV

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