La ley establece una moneda comunal, sin respaldo del BCV, como instrumento alternativo a la moneda de curso legal en el espacio geográfico de la República. Con lo que estaríamos regresando a la época superada de pago con fichas a los trabajadores, que sólo podían utilizarse en los negocios del patrón, en esta oportunidad, los del Estado.
La Asamblea Nacional aprobó en segunda discusión, en sesión permanente de este martes, la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal, la cual permitirá desarrollar y fortalecer el Poder Popular, estableciendo las normas, principios, y procedimientos para la creación, funcionamiento y desarrollo del Sistema Económico Comunal, integrado por organizaciones socioproductivas bajo régimen de propiedad social comunal.
El presidente de la Comisión Permanente de Participación Ciudadana, Descentralización y Desarrollo Regional, diputado Ulises Daal, indicó que la presente Ley, explica que el Sistema Económico Comunal, es el conjunto de relaciones sociales de producción, distribución, intercambio y consumo de bienes y servicios, así como de saberes y conocimientos, desarrolladas por las instancias del Poder Popular, el Poder Público, o por acuerdo entre ambos, a través de organizaciones socioproductivas bajo formas de propiedad social comunal.
Igualmente, el parlamentario aseveró que la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal, tiene la finalidad de garantizar la participación popular en el proceso económico – productivo, además de impulsar el Sistema Económico Comunal a través de un modelo de gestión sustentable y sostenible para el fortalecimiento del desarrollo endógeno.
Asimismo, fomentar el Sistema Económico Comunal, en el marco del modelo productivo socialista, a través de diversas formas de organización socioproductiva, comunitaria y comunal en todo el territorio nacional.
A la par, el diputado Manuel Briceño señaló que el texto legal, dotará a la sociedad de medios y factores de producción que garanticen, la satisfacción de las necesidades humanas, consolidar el ejercicio de la soberanía nacional y contribuir al desarrollo humano integral para alcanzar la Suprema Felicidad Social.
De la misma forma, dijo que la Ley pretende asegurar la producción, justa distribución, intercambio y consumo de bienes y servicios, así como de saberes y conocimientos, generados por las diferentes formas de organización socioproductiva, orientados a satisfacer las necesidades colectivas.
En el mismo orden de ideas, se promoverá un sistema de financiamiento para apoyar las iniciativas de las comunidades sobre proyectos socioproductivos sustentables, con criterios de equidad y justicia social, donde se reconozcan los saberes, los conocimientos y las potencialidades locales como elementos constitutivos de garantía para la viabilidad y el cumplimiento.
En este contexto, igualmente, se estimulará la articulación en redes, por áreas de producción y servicios, de las organizaciones socioproductivas comunitarias y comunales, para asegurar su desarrollo, consolidación y expansión.
De acuerdo a la ley, se buscar incentivar en las comunidades y las Comunas, los valores y principios socialistas para la educación, el trabajo, la investigación, el intercambio de saberes y conocimientos, y la solidaridad, con medios para alcanzar el bien común.
Finalmente, el texto legal pretende garantizar la formación y la acreditación de saberes y conocimientos en materia política, técnica y productiva de los ciudadanos y ciudadanas, integrantes o por integrar las organizaciones socioproductivas impulsadas por esta Ley.
En otro orden de ideas, la Estructura Organizativa de la Organización Socioproductiva, se divide en cuatro (4) unidades, las cuales son: Unidad de Administración, la cual estará conformada por tres (3) voceros o voceras; Unidad de Gestión Productiva, constituida por tres (3) voceros y voceras; Unidad de Formación, formada por tres (3) voceros o voceras; y la Unidad de Contraloría Social, compuesta por tres (3) voceros o voceras.
Fuente: ANTV, Redacción