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TSJ declara no ha lugar solicitud de suspensión de Decreto Ley

Lla Sala Constitucional del TSJ admitió el recurso de nulidad y declaró no ha lugar la solicitud de suspensión de efectos hecha por los procuradores de los estados Carabobo, Lara, Miranda, Táchira y Zulia, del Decreto N° 8.163 del 18 de abril de 2011, con rango, valor y fuerza de Ley que Crea Contribución Especial por Precios Extraordinarios y Precios Exorbitantes en el Mercado Internacional de Hidrocarburos, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.022 Extraordinario del 18 de abril de 2011.

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