El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, admitió la demanda interpuesta por el Ministerio del Poder Popular para el Ambiente (Minamb) contra la empresa Aseguradora Nacional Unida Uniseguros, S.A., por ejecución de fianza como fiadora y principal pagadora de Constructora Delcalmer, C.A.
El TSJ a través del Juzgado de Sustanciación, una vez revisadas las causales de inadmisibilidad contenidas en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y como quiera que no se encuentran presentes en este asunto, “admite cuanto ha lugar en derecho la demanda iniciada”.
En ese sentido, el Juzgado ordenó emplazar a las sociedades mercantiles Constructora Delcamar, C.A., en la persona de su representante legal, Ricardo Dente, y Aseguradora Nacional Unida Uniseguros, S.A., en la persona de su representante legal, para que comparezcan por ante el Juzgado a la audiencia preliminar, la cual se fijará una vez que consten en autos la última de las citaciones practicadas, así como también a contestar la demanda interpuesta.
De igual modo, el Juzgado deja establecido de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 de la cita ley, que “la contestación de la demanda deberá realizarse por escrito dentro de los diez días de despacho siguientes a la celebración de la audiencia preliminar”.
Para finalizar, el Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa señaló con lo que respecta a la solicitud de que se decrete medida preventiva de embargo, que “no corresponde a esta Instancia pronunciarse sobre su procedencia”, de allí que acordó “abrir el respectivo cuaderno separado, el cual se iniciará con la copia certificada de la solicitud, de la presente decisión, demás documentos pertinentes y remitirlo a la Sala a los fines de su decisión”.
Fuente: Prensa TSJ