TSJ anula sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo del Zulia
La Sala de Casación Social en ponencia de su presidente, magistrado Omar Mora Díaz, anuló una sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, luego de declarar con lugar un recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Matías Paz Urribarri.
El caso se refiere a un procedimiento por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, seguido por Matías Paz, contra las empresas Auto Frío Freddy’s, C.A. y Servicios y Mantenimiento de Vehículos, C.A. (Sermavehca) y los ciudadanos Evelfred Díaz, Yesibeth Díaz Díaz y Fredy Díaz Bracho.
En el presente caso el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, el 21 de julio de 2010, declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el demandante, contra la sentencia dictada por el Juzgado Sexto de Juicio del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, que declaró con lugar la defensa de prescripción opuesta por los codemandados y sin lugar la demanda.
La representación judicial de Matías Paz Urribarri interpuso recurso de control de la legalidad contra la sentencia del mencionado Juzgado Superior, al esgrimir que se vulneró los artículos 130, 203 y 204 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ya que la sentencia impugnada se basó en un falso supuesto para declarar con lugar la defensa de prescripción de la acción.
Sobre lo anterior el TSJ indicó, entre otros aspectos, que el Juzgado Superior obvió el criterio jurisprudencial, por demás reiterado, de la Sala de Casación Social, según el cual, la notificación en el otro procedimiento puede considerarse como un acto capaz de interrumpir la prescripción, toda vez que “por interpretación extensiva del artículo 203 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el nuevo proceso laboral impide que se desconozca la eficacia de la notificación judicial practicada en el procedimiento desistido.”.
Indica la Sala que es procedente el presente recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, ya que el dictamen generó consecuencias determinantes en la dispositiva del fallo, por lo que se anuló la sentencia.
En vista de lo anterior la Sala de Casación Social ordenó reponer la causa al estado que el Juez Superior competente dicte nueva sentencia, pronunciándose en cuanto al mérito del asunto sin necesidad de notificación a las partes.
Señala la sentencia del TSJ que la actuación desplegada por el Juez Superior, pudiera constituirse en error grave o inexcusable, al adoptar un criterio contrario a los principios rectores del proceso en nuestro nuevo sistema procesal laboral, por lo que se ordenó librar por Secretaría oficio a la Inspectoría de Tribunales y a la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia y anexar copia fotostática certificada de la presente decisión, para establecer las sanciones a que hubiere lugar contra el juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, abog. Osbaldo Brito Romero.
Fuente: Prensa TSJ