Seniat: cooperativas obligadas a realizar declaración de rentas

Aún cuando las cooperativas o empresas de gestión social están exentas del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISLR), de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la ley que rige este tributo, deben declarar sus rentas, informó el Superintendente Nacional Aduanero y Tributario, José David Cabello Rondón.

Ratificó que estas unidades de organización social y productiva están en la obligación de presentar una declaración de sus rentas a la Administración Tributaria, la cual se realiza a título informativo.

“Las cooperativas están en la obligación de ofrecerle a la Administración Tributaria, datos sobre la real naturaleza de sus operaciones”, aseveró.

Explicó que si alguna cooperativa se dedicara a actividades distintas a las que le son propias, las cuales estén incluidas dentro del rango del libre comercio, esto las alejaría de los fines originarios por los cuales fueron creadas, por lo cual pudieran estar en la obligación de pagar el ISLR.

En dicho caso el pago se realizaría por concepto de las actividades ejercidas fuera de su contexto, las cuales se encuadrarían en la calificación de rentas sujetas a la cancelación de este impuesto, permaneciendo exentas del Impuesto Sobre la Renta sólo las relacionadas.

“Por eso las cooperativas están en la obligación de presentar la declaración, para que el Seniat pueda conocer la realidad de sus operaciones y así determinar lo que está exento y lo que podría estar sujeto a pago del ISLR”, enfatizó Cabello Rondón.

Las cooperativas son empresas de producción, obtención, consumo o crédito de participación libre y democrática, conformadas por personas que persiguen un objetivo en común económico y social, donde la participación de cada socio, en el beneficio, es determinado por el trabajo incorporado al objetivo común y no por la cantidad de dinero que haya aportado.

El Superintendente Cabello Rondón agregó que estas organizaciones podrán solicitar ante la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Seniat, una calificación de contribuyente exento del ISLR, para lo cual se establece como requisito indispensable estar registrado ante la Superintendencia Nacional de Cooperativas (Sunacoop).

Las cooperativas, a diferencia de las compañías anónimas, se refieren a sociedades de personas, no de capitales y su conformación se fundamenta en la igualdad de derechos de sus integrantes en cuanto a la gestión social.

Además, las cooperativas reparten sus excedentes o ganancias en función de la actividad realizada por sus asociados en el logro del propósito común refiere un comunicado de prensa emanado por el Seniat.

Fuente: AVN

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