Ley ampliará lapsos para que inquilinos compren la vivienda

El proyecto de Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas estableció en 90 días el plazo para que el inquilino manifieste al arrendador si acepta o no la oferta de venta del inmueble donde reside, y tiene un año para concretar la compra, según lo aprobado en la reunión extraordinaria de la Comisión Permanente de Administración y Servicios de la Asamblea Nacional-AN realizada este jueves.

El instrumento legal actual fijaba en 15 días ese lapso de respuesta, lo que era considerado insuficiente para que los arrendatarios pudieran realizar ciertos trámites.

La Comisión aprobó este jueves la preferencia ofertiva, que es el derecho preferencial del inquilino a adquirir la vivienda donde reside, en caso de que el propietario decida venderla.

El presidente de la instancia legislativa, diputado Diosdado Cabello, del partido de gobierno, detalló el procedimiento aprobado: En caso de que el inquilino rechace la oferta, el arrendador tiene también un año para concretar la venta a un tercero, que debe tener las mismas condiciones que las ofrecidas al inquilino. Es decir, en ningún caso puede ser mejor la oferta de venta (en precio o plazos) para un tercero que para el arrendatario.

Si transcurrido el año el arrendador no concreta la venta a un tercero, debe hacer una nueva oferta al inquilino.

Las condiciones de venta se van a fijar, precisó Cabello, pero acotó que “lo que está negado es pedir que sea de contado”.

Además, si la venta a un tercero se concreta, éste debe respetar el contrato de arrendamiento existente, a través de lo que se conoce como subrogación del contrato. Esto quiere decir que el nuevo propietario debe esperar que concluya el contrato (que es mínimo de tres años, según lo aprobado ya en el proyecto de ley), para pedir el desalojo.

La Comisión también aprobó lo que se conoce como retracto legal, que permite al arrendatario acudir a tribunales para demandar al arrendador en caso de que sea violada la preferencia ofertiva. Esa compra a un tercero, sin que el inquilino fuera notificado, quedaría sin efecto.

Lo avanzado

La instancia legislativa quedó en la discusión del artículo 138. Se aprobó la prohibición de cobros excesivos a los cánones que establezca la Superintendencia Nacional de Arrendamiento, ente que nacerá por mandato de la nueva Ley en sustitución de la Dirección Nacional de Inquilinato.

“Hay casos de quienes alquilan un apartamento y sobre el precio le ponen costos de estacionamiento, uso de piscinas, etc. Si eso ocurre, el arrendatario puede acudir a la Superintendencia para que ese dinero le sea devuelto”, explicó el asambleísta.

En la reunión se difirió el capítulo relacionado con la consignación arrendaticia y el procedimiento consignatorio, que se refiere a los pagos de los cánones de arrendamiento en tribunales, cuando el arrendador se niega a recibirlos.

“Hay mucho de la antigua Ley y creo que con los avances tecnológicos y la mínima interrelación entre niveles de gobierno, podemos dar un salto que nos permita tener respuesta más inmediatas”, dijo Cabello.

La propuesta establecía plazos de hasta 20 días para consignar el recibo del pago en el banco ante los tribunales, pues, relatan los inquilinos de Caracas, se hacen enormes colas para poder pagar en el único tribunal de consignaciones que existe para toda el Área Metropolitana, que está ubicado en la avenida Los Jabillos. El diputado estimó que estos procesos deben ser optimizados y automatizados para que sean más ágiles.

Se difirió, además, el articulo 112, sobre las causas de desalojo, para que éstas queden lo suficientemente claras.

La propuesta de los inquilinos planteaba cinco causales: dejar de pagar sin causa justificada cuatro cánones, la necesidad justificada que tenga el propietario de ocupar el inmueble para sí o alguno de sus parientes consanguíneos hasta segundo grado, que el arrendatario haya destinado el inmueble a usos deshonestos e indebidos, que le haya causado deterioros a la vivienda o haya violado normas de convivencia ciudadana.

Cabello indicó que el próximo martes podría ser la próxima reunión de la Comisión, y que en septiembre se estima que se lleve el proyecto a la plenaria para su segunda discusión y sanción.

Fuente: AVN

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