El economista José Gregorio Piña considera que la propuesta de permitir la emisión de cédulas hipotecarias, que actualmente discute el Gobierno Nacional con representantes de la Asociación Bancaria, es una medida positiva que permitiría obtener más recursos para la construcción de viviendas destinadas a las familias venezolanas.
Aún cuando ni las autoridades gubernamentales económicas ni los representantes bancarios han adelantado mayores detalles sobre este mecanismo de financiamiento, tanto el ministro del Poder Popular para la Energía y Petróleo, Rafael Ramírez, como Víctor Vargas, representante del gremio bancario, han confirmado que la alternativa se encuentra en discusión.
Las cédulas hipotecarias son títulos emitidos por bancos que tienen como garantía los créditos hipotecarios otorgados por la misma institución financiera emisora de dichos papeles.
Existen cédulas de garantía global, garantizadas por el monto global de los préstamos y cédulas con garantía específica, garantizadas con determinados préstamos.
Los primeros emisores de cédulas hipotecarias en el país fueron el Banco Obrero y el Banco Agrícola y Pecuario, ambas instituciones creadas en 1928, según refiere un documento del Banco Central de Venezuela.
Sin embargo, el economista José Gregorio Piña refiere que este mecanismo financiero tuvo su etapa floreciente entre la década de los setenta y mediados de los ochenta, cuando fueron feneciendo: «era la época de las entidades de ahorro y préstamo, que tenían una ley particular», explicó.
Agregó que este mecanismo siempre ha sido bien recibido en el mundo de las finanzas, entre otras cosas, porque representa una de las mejores garantías que existe, concentrada en el inmueble que se compra y porque los riesgos eventuales por otros siniestros, como los incendios, se pueden cubrir a su vez con una póliza de seguros.
«Por lo general, ese bien inmueble representa un monto superior al crédito concedido y por su característica es menos susceptible de depreciarse en el tiempo, sino todo lo contrario», indicó.
Una eventual emisión de cédulas hipotecarias en el país permitiría generar una captación adicional de dinero que podría destinarse a su vez a otorgar nuevos créditos en el sector hipotecario.
Otro de los aspectos positivos relativos a este instrumento financiero tiene que ver con los efectos del llamado descalce financiero que ocurre cuando unos activos captados por un banco a corto plazo son otorgados en créditos a largo plazo, lo cual podría suponer un riesgo de liquidez para dicha institución bancaria.
«Como los nuevos recursos que se están captando están garantizados por unos activos que son redimibles a largo plazo, entonces no existe el peligro de que te vayan a exigir la devolución de ese activo en el corto plazo. Este instrumento también permitiría mitigar los efectos, porque están calzando los lapsos de vencimiento tanto del activo como del pasivo», explicó.
Igualmente, estima conveniente que los equipos técnicos que trabajen en la elaboración de este instrumento coloquen un tope a la capacidad de emisión de dichos títulos por parte de la banca, así como prohibir, a su vez, la emisión de productos derivados, para evitar el peligro de que se emitan títulos sobre títulos, porque al final, la garantía es una sola y podría correr el peligro de que existan demasiados créditos garantizados con un mismo activo.
Recordó que se debe tener en cuenta lo que pasó en Estados Unidos y en algunos países de Europa, especialmente en España, con la crisis del sector inmobiliario.
«Cuando hay un problema con el sector inmobiliario, como ocurrió en Estados Unidos, entonces se cae todo el sistema económico montado sobre estos créditos porque multiplicaron en exceso la emisión de títulos con respecto a la cartera inicial, que funciona como una garantía», recordó.
Considera este experto que para acordar la forma como se emitan estos eventuales títulos, así como el tope a la capacidad de emisión para los bancos, podría estar dispuesto en una norma prudencial dictada por la Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario-Sudeban previa opinión vinculante del Banco Central de Venezuela y del Órgano Superior del Sistema Financiero Nacional.
Fuente: AVN