Análisis: ¿Cuanto es una ganancia justa?
Los consumidores se preguntan qué es una ganancia justa. El gobierno, empeñado en su guerra económica, ha ordenado que no debe ser mayor del 30%.
Para ejecutar esa guerra económica, el gobierno ha lanzado grupos represivos para inspeccionar los comercios. Para darle mayor connotación, estos grupos de asalto, van dirigidos por ministros y otros altos jerarcas de la nomenclatura gubernamental y acompañados siempre por una legión de camarógrafos de los medios oficiales.
Los consumidores, maltratados por el costo de la vida y la escasez de productos de todo tipo, ven con precaución el show montado con los operativos. Al no tener confianza en las políticas económicas, están capciosos. Es así que desde noviembre, no saben que creer, cuando el gobierno señala que las ganancias son exorbitantes. Sobre todo cuando eso ocurre con la tienda donde siempre han comprado.
Comerciantes cuyos negocios han sido tomados por asalto, y luego intervenidos por varios días, han señalado que los funcionarios han utilizado diversas maneras de calcular ese mágico 30% de ganancias.
En unos casos, calculan el 30% del precio de venta. En otros casos, le suman un 30% al costo. En la primera manera de cálculo, un producto que se vende en Bs. 100, tiene una ganancia de Bs.30 (le costo al comerciante Bs. 70). En el segundo caso calculan el precio, sumando el 30% del costo (Bs. 21), lo que da un precio de Bs. 91.
Cuando en el operativo está el Seniat, según los comerciantes, ellos utilizan la primera manera de cálculo, siendo consecuentes con la manera que se aplica el IVA, sobre el precio y no sobre el costo para el comerciante.
Es obvio que de acuerdo a la manera que se aplica lo del 30%, la diferencia entre ambos métodos es de Bs. 9, lo que lleva a una ganancia de 23%.
Otro aspecto de las inspecciones es la tasa de cambio utilizada para el cálculo de los costos. El grupo de asalto emplea el dólar oficial de Cadivi, es decir Bs. 5,30 x dólar. Acuciosos en sus cálculos, estos grupos ajustan sus cálculos al valor del dólar Cadivi para el momento del ingreso del producto importado (Bs. 2,15 a 4,30)
Sin embargo, los comerciantes han obtenido divisas a otros valores distintos al de Cadivi: Sitme, Sicad e inclusive dólar libre o permuta.
En el caso del dólar libre, hay restricciones legales que impiden a partir de una fecha dada (promulgación de la reforma a la Ley de Ilícitos Cambiarios). Pero en los casos de permuta legal, Sitme y Sicad, el dólar ha variado enormemente su valor.
Dejando de lado la palabra justa, a la hora de calcular el costo, las tropas de asalto de la guerra económica ignoran el valor real del dólar adquirido por los comerciantes.
Ha habido momentos en que los comerciantes adquirieron, vía Sitme o Sicad, hasta dólares a casi Bs. 12. Casi dos veces el dólar de Bs. 6,30.
Volviendo a nuestro ejemplo utilizado anteriormente, si el producto costó $ 11,11, al cambio de Bs. 6,30 por dólar, su costo en bolívares es de Bs. 70.
Ahora, si por el contrario el comerciante adquirió los dólares a Bs 12, el costo en bolívares es de Bs. 133,33.
Si el dólar cuesta el doble, el costo se duplica. Ni que decir cuando el comerciante adquirió ese producto a dólar libre,
Sin considerar otros costos, como administrativos, comisiones bancarias, salarios, etc, el precio de venta de un producto calculado con la tasa real del dólar al cual fue adquirido por el comerciante, no sería Bs. 100, sino Bs. 190,47.
De entra es evidente que obligar al comerciante a vender ese producto en Bs. 100 o Bs. 91, le hace perder de 90 a 100 bolívares por cada producto vendido.
Consecuencias
La principal consecuencia de obligar a vender bajo pérdidas, es un claro ejemplo de una transferencia de dinero del comerciante hacia los compradores. Lo que ocasiona una descapitalización de las empresas, que de continuar, conduce a la quiebra.
Para los consumidores que no pudieron comprar a esos precios, significará que cuando deseen adquirir ese producto no podrán comprarlo. Primero porque se agotará. Cuando sea reemplazado, no se hará en la cantidad necesaria para satisfacer la demanda (no habrá productos para todos) y en un tercer tiempo, ese negocio habrá cerrado.
La consecuencia de manejar el cálculo de la ganancia “justa”, es la vía rápida para el cierre del comercio. Establecer por decreto lo que es una ganancia justa, es la vía intermedia, porque las empresas no tendrán manera de reponer los inventarios. Esto sobre todo en momentos de alta inflación y políticas cambiantes que encarecen a los productos.
Gracias a la labora de estas tropas de asalto, el consumidor está siendo condenado a no conseguir productos, si lo consigue no habrá la variedad para escoger, no habrá calidad de los productos y cada vez más, habrá menos comercios donde comprarlos.
Nota final
Sobre el argumento de ganancias exorbitantes, utilizado por el gobierno, es oportuna la referencia de que ha sido el mismo gobierno quien estableció las condiciones para que esa situación ocurriera.
Fuente: redacción